AMERICANS FINTECH S.A.S. CÓDIGO: 20240406
POLÍTICAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, DE LA CORRUPCIÓN Y DEL SOBORNO TRANSNACIONAL FECHA: 9 ABRIL 2024

Las siguientes Políticas en materia de prevención y control de lavado de activos, financiación del terrorismo, de la corrupción y del soborno transnacional fueron revisadas y aprobadas por parte de la Alta Gerencia de AMERICANS FINTECH S.A.S.

1. Políticas en materia de prevención y control del lavado de activos, de la financiación del terrorismo, de la corrupción y del soborno transnacional

La Superintendencia de Sociedades en atención a las recomendaciones establecidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional – GAFI, el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica - GAFILAT y las convenciones internacionales en materia del lavado de activos, financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva, a través de la circular básica jurídica ordenó la implementación de un Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos -LA, Financiación del Terrorismo -FT y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva - FPADM, en adelante SAGRILAFT, a través de un régimen que permita establecer una prevención, identificación, autocontrol y gestión del riesgo de obligatoria implementación para las empresas que cumplieran los requisitos establecidos.

En concordancia con lo anterior, la circular básica jurídica fue modificada por la circular externa número 100-000016 de 2020 expedida por la Superintendencia de Sociedades, en la que amplió el ámbito de aplicación de los sujetos obligados, incluyendo así a los servicios de activos virtuales para personas naturales y jurídicas que cumplan con determinadas actividades u operaciones, así como ingresos o activos establecidos.

Es importante destacar que AMERICANS FINTECH S.A.S., de conformidad con su objeto social, desarrolla principalmente las siguientes actividades comerciales:

  1. El desarrollo de soluciones de tecnológica informática dedicadas a la industria Fintech.
  2. La operación y el mantenimiento de plataformas informáticas en Internet para el desarrollo de emprendimientos ligados a la industria Fintech.
  3. La prestación de servicios de tecnología financiera a personas naturales, micro, pequeñas y medianas empresas, a través de Internet, mediante una plataforma tecnológica amigable y segura, con altos estándares de seguridad informática y conocimiento de cliente, por medio de nanocréditos, microcréditos y créditos, garantizados personalmente, así como con activos tangibles e intangibles.
  4. La prestación de servicios de asesoría y consultoría para la conformación de portafolios en materia de inversión en activos tangibles e intangibles como renta fija, renta variable, activos inmobiliarios, entre otros, con el ánimo de maximizar la rentabilidad de las inversiones de sus clientes.

De esta manera, AMERICANS FINTECH S.A.S. no se encuentra obligada a la implementación de un Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva – SAGRILAFT, no obstante, desde el año 2020 ha acogido la implementación de estas normas de manera voluntaria ya que resulta imperativo para la sociedad promover e implementar buenas prácticas para la prevención del LA/FT/FPADM, impulsando así una cultura de implementación de mecanismos de autocontrol, capacitación y constante comunicación con sus trabajadores, socios, clientes, proveedores, contratistas, aliados estratégicos y terceros vinculados; previniendo, monitoreando y controlando sus operaciones para evitar incurrir en delitos asociados al LA/FT/FPADM y así brindar un servicio seguro y transparente.

La Asamblea General de Accionistas, así como la Alta Gerencia se compromete a tomar acciones que sean efectivas para prevenir el LA/FT/FPADM y cualquier otra práctica corrupta, la cual aplicará a todos los trabajadores y terceros. Esta será la encargada de promover una cultura de transparencia e integridad.

AMERICANS FINTECH S.A.S. se compromete a cumplir las leyes nacionales vigentes, las normas y reglamentaciones que le aplican a la actividad económica, así como a la normatividad relacionada con la prevención de LA/FT/FPADM. Por otro lado, se compromete a identificar, analizar, evaluar y tratar los riesgos asociados de forma responsable, razonable y sostenible; la empresa se compromete a no efectuar vínculos con personas vinculadas en las listas ONU, OFAC y demás listas vinculantes para Colombia, así como a reportar a las entidades competentes sobre operaciones sospechosas presentadas en el desarrollo de las actividades de la empresa.

El Representante Legal será el responsable de comunicar y monitorear el cumplimiento de lo establecido en la presente política, así como en el SAGRILAFT/FPADM.

2. Políticas con relación al manejo de activos virtuales

De acuerdo con la actividad económica de AMERICANS FINTECH S.A.S. surge la necesidad de establecer las presentes políticas con el fin de implementar los mecanismos idóneos para el correcto manejo de los activos virtuales conforme a los lineamientos definidos por el GAFI, con el objetivo de prevenir el riesgo de LA/FT/FPADM.

Por lo anterior, los accionistas, directivos y trabajadores de AMERICANS FINTECH S.A.S. deberán brindar especial atención a este tipo de actividades y operaciones en las que se puedan ver relacionados bienes intangibles como activos virtuales, teniendo en cuenta el riesgo que se podría generar con el fin de prevenirlo, así como a las señales de alerta que se pueden presentar en este tipo de operaciones, conforme a las que se establecen en el capítulo “Señales de alerta en operaciones con activos virtuales” contenido en la presente política.

Lo anterior se establece con el fin de disminuir el riesgo de que las operaciones de AMERICANS FINTECH S.A.S. sean utilizadas como medio para el LA/FT/FPADM por parte de sus contrapartes, sus directivos o trabajadores, así como permitir identificar cuando exista la intención de ello a través de sus operaciones.

En ese orden, los directivos y trabajadores de AMERICANS FINTECH S.A.S. velarán por el cumplimiento de las políticas SAGRILAFT de la empresa, no permitiendo por ningún motivo las operaciones anónimas, con activos virtuales con procedencia anónima, y durante la ejecución de operaciones con bienes intangibles como activos virtuales, así como darán seguimiento a sus contrapartes, realizando de manera periódica, por lo menos una vez al año, la consulta en listas y renovando la información obtenida de cada uno de sus clientes, proveedores y en general la contraparte que pudiese llegar a existir en el desarrollo de la actividad comercial de la empresa.

3. Política de cumplimiento y/o prevención y gestión del riesgo soborno nacional y transnacional (ST)

AMERICANS FINTECH S.A.S. cumplirá con su objeto social alineado a un sistema de autocontrol y gestión del riesgo encaminado a mitigar el riesgo de soborno nacional y transnacional (en adelante ST), cumplirá con lo dispuesto en este capítulo, alineado con los mecanismos de autocontrol, capacitación y constante comunicación con sus trabajadores, socios, clientes, proveedores, contratistas, aliados estratégicos y terceros vinculados, frente a la importancia del mantenimiento de relaciones comerciales y laborales bajo un marco de legalidad, transparencia, sin contraprestaciones directas o indirectas derivadas de los negocios diferentes a las directamente relacionadas con las obligaciones contractuales.

Para lo anterior, AMERICANS FINTECH S.A.S. podrá apoyarse con las exigencias de entidades certificadoras privadas en seguridad y/o procedimientos que orientarán la actuación de la empresa a evitar situaciones vulnerables para la consolidación del delito ST y cualquier otra práctica corrupta, llevando así los negocios de manera ética, responsable y honesta.

En ese orden, AMERICANS FINTECH S.A.S., en cumplimiento de su política de cumplimiento y/o prevención y gestión del riesgo del soborno nacional y transnacional, tomará las medidas necesarias para dar estricto cumplimiento a su Política de Cumplimiento y/o Prevención y Gestión del Riesgo de Soborno Transnacional y a su Código de Ética Empresarial e Integridad de la Empresa.

Las medidas de prevención con respecto a los terceros sujetos al control o con influencia determinante en la Empresa son:

  1. Les solicitará que no otorguen o suministren remuneraciones o pagos de comisiones a trabajadores y contratistas respecto de negocios o transacciones internacionales.
  2. Les solicitará que no cometan actos de corrupción ni toleren que se cometan tales actos.
  3. Les solicitará que no utilicen a la organización como conducto para ninguna práctica corrupta.
  4. Los contratará únicamente en la medida adecuada para el desarrollo normal de las actividades de la Empresa.
  5. No les pagará más que la remuneración adecuada por sus servicios legítimos.

Entre estos terceros se incluyen, sin perjuicio que existan otros más, los agentes, consultores de desarrollo comercial, representantes de ventas, agentes de aduanas, consultores generales, revendedores, subcontratistas, franquiciados, abogados, contadores o intermediarios similares, entre otros que actúen en nombre de la empresa en relación con marketing o ventas, la negociación de contratos, la obtención de licencias, permisos u otras autorizaciones.

  1. Montar programa antisoborno y/o Ética Empresarial que cumpla como mínimo con:

AMERICANS FINTECH S.A.S. debe acordar con los Contratistas que tengan un mayor grado de exposición al riesgo de Soborno Transnacional, compromisos expresos para prevenir el Soborno Transnacional, cuyo texto deberá constar en los respectivos contratos. La inclusión de los referidos compromisos en el texto de los documentos contractuales permitirá que exista un incentivo para que los Contratistas se abstengan de infringir las Políticas de Cumplimiento de la Persona Jurídica.

En aquellos casos en los que el contrato no conste por escrito, los aludidos compromisos deberán incluirse en un documento que contenga, al menos, lo siguiente:

4. Políticas conocimiento cliente

El conocimiento del cliente le permite a AMERICANS FINTECH S.A.S. obtener información sobre las características básicas de identificación, ubicación, junto con actividad económica que desarrolla la persona antes de ser vinculada, por lo que los trabajadores están obligados a seguir todos los procedimientos previstos y necesarios para lograr el adecuado conocimiento del cliente, aun cuando se trate de personas referenciadas o recomendadas.

Por ninguna razón se puede aceptar exclusivamente la palabra y omitir los controles establecidos, no solo en la presente política, sino también en los demás procesos y procedimientos.

No se exime a ningún cliente del suministro de información contemplados en los formatos y el procedimiento del conocimiento del cliente, salvo las excepciones que permitan la ley, la regulación financiera, o la Gerencia General de AMERICANS FINTECH S.A.S.

Con el fin de prevenir la materialización de los delitos LA/FT-ST, AMERICANS FINTECH S.A.S. se apoyará en el procedimiento de conocimiento del cliente de medios tecnológicos con el fin de que estos apoyen en la comunicación de información de alertas de operaciones inusuales al interior de la empresa.

5. Políticas conocimiento de los trabajadores

El conocimiento de los trabajadores le permite a AMERICANS FINTECH S.A.S. obtener información sobre las características básicas antes de ser vinculados, por lo que las personas encargadas de las vinculaciones están obligadas a seguir todos los procedimientos previstos y necesarios para lograr el adecuado conocimiento del trabajador, aun cuando se trate de personas referenciadas o recomendadas.

Por ninguna razón se puede aceptar exclusivamente la palabra y omitir los controles establecidos.

No se exime a ningún trabajador del suministro de información y del procedimiento de conocimiento del trabajador, salvo las excepciones que permitan la ley, o la Gerencia General de AMERICANS FINTECH S.A.S.

6. Política de conocimiento de las personas expuestas públicamente (PEP)

AMERICANS FINTECH S.A.S. establece la siguiente política para el conocimiento y la vinculación de personas naturales que por su perfil o por las funciones que ejercen puedan exponer un mayor grado Riesgo de LA/FT-ST; aquellas personas son quienes por lo general en razón a su cargo manejan recursos públicos, tienen poder de disposición sobre estos o gozan de reconocimiento público.

Los procesos para el conocimiento de PEP's implican una debida diligencia avanzada, pues deben ser más estrictos y exigir mayores controles y sus operaciones, negocios y contratos deben ser aprobados por un funcionario de nivel superior a aquel que normalmente las aprueba.

En concordancia con lo anterior, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

  1. El conocimiento del cliente PEP presume conocer de manera permanente y actualizada su identificación, actividad económica, características, montos, procedencia y destino de sus ingresos y egresos.
  2. Para la vinculación de un cliente PEP o la actualización de sus datos, se debe recaudar sin excepción la información que permita comparar las características de sus operaciones con las de su actividad económica; así mismo validarla y establecer comportamientos de normalidad o inusuales.
  3. Se debe monitorear continuamente las operaciones, negocios y contratos de los clientes PEP, a través de cualquier mecanismo tecnológico idóneo.
  4. El representante legal debe contar con elementos de juicio que permitan analizar las operaciones inusuales de los clientes PEP y determinar la existencia de operaciones sospechosas realizadas o intentadas, conforme a los criterios objetivos establecidos por la Gerencia General.

En el evento que la información suministrada por un cliente PEP no pueda ser confirmada o sea inexacta, deberá reportarse este hecho al representante legal según sea el caso en forma inmediata de acuerdo con la presente política.

Se debe dejar evidencia de las verificaciones efectuadas en diferentes listas restrictivas o consultas en bases de datos sobre la vinculación o actualización de la información de clientes PEP. En caso de que se presenten resultados positivos que pudieran estar relacionados con el riesgo de LA/FT o ST, el representante legal según sea el caso procederá de acuerdo con la presente política.

Se pueden catalogar como PEP a aquellas personas que ocupen cargos públicos importantes, como los siguientes:

  1. Presidente de la República.
  2. Jefes de Estado.
  3. Jefes de Gobierno.
  4. Vicepresidente de la República.
  5. Ministros.
  6. Senadores.
  7. Representantes a la Cámara.
  8. Magistrados de las Altas Cortes.
  9. Gobernadores.
  10. Alcaldes.
  11. Concejales.
  12. Diputados de las Asambleas Departamentales.
  13. Directores de Departamentos Administrativos.
  14. Directores de las diferentes Secretarías a nivel departamental, distrital y municipal.
  15. Directores de entidades descentralizadas.
  16. Miembros activos de las Fuerzas Militares y de la Policía en grado de Oficial desde el grado de Coronel inclusive en adelante y sus cargos homólogos en otras fuerzas.
  17. Tesoreros de las diferentes entidades del Estado del orden nacional, departamental y municipal.

La anterior lista no es taxativa, se podrá ampliar en la medida que AMERICANS FINTECH S.A.S. lo requiera; también se pueden considerar como PEP aquellas personas que gozan de un amplio reconocimiento en la comunidad por su actividad, relación con la comunidad o alguna destreza especial.

Algunos ejemplos de personas con reconocimiento público podrían ser quienes participan en las siguientes actividades:

  1. La política (Miembros de partidos políticos).
  2. Las artes (Incluidos dentro de éstas los representantes significativos de las diferentes manifestaciones culturales como la actuación, la pintura, la escultura, la escritura, entre otras).
  3. La farándula (Modelos, reinas de belleza, presentadores de televisión, diseñadores, estilistas, entre otros).
  4. El deporte.
  5. Las ciencias.
  6. Representantes de organizaciones religiosas.

La anterior lista no es taxativa y podrá ampliarse en la medida que AMERICANS FINTECH S.A.S. lo requiera.

7. Políticas conocimiento de proveedores y/o contratistas

El conocimiento de los proveedores, contratistas y/o contrapartes le permite a AMERICANS FINTECH S.A.S. obtener información sobre las características básicas antes de ser vinculados, por lo que los trabajadores encargados de los contratos con estas personas están obligados a seguir todos los procedimientos previstos y necesarios para lograr el adecuado conocimiento del proveedor, contratistas y otros, aun cuando se trate de personas referenciadas o recomendadas.

Por ninguna razón se puede aceptar exclusivamente la palabra y omitir los controles establecidos.

No se exime a ningún proveedor, contratista u otros, del suministro de información contemplado en los formatos y del procedimiento del conocimiento de proveedores y/o contratistas, salvo las excepciones que permitan la ley, la regulación financiera o la Gerencia General de AMERICANS FINTECH S.A.S.

8. Políticas sobre servicios o productos aprobados

Cuando se desarrolle un nuevo servicio o producto, este deberá ser especialmente analizado por el representante legal quien se pronunciará sobre el particular, para lo cual deberá realizar un análisis e identificación de riesgos asociados a los nuevos servicios o productos, así como la identificación de los riesgos de LA/FT-ST inherentes al objeto de AMERICANS FINTECH S.A.S.

9. Políticas sobre conocimiento de la política

AMERICANS FINTECH S.A.S. velará porque todas las contrapartes, así como los trabajadores, tengan conocimiento de la presente política. Así mismo, velará porque todos los trabajadores cuenten con acceso permanente a la misma, mediante comunicación escrita y aceptada por cada trabajador.

Todos los trabajadores tendrán el deber de comunicar al representante legal los hechos o circunstancias que estén catalogados como señales de alerta y operaciones inusuales, de acuerdo con lo enunciado en esta política, así como los hechos o circunstancias que consideren que pueden dar lugar a actividades delictivas de los clientes, trabajadores, proveedores o contratistas.

10. Política sobre cobertura y alcance de los controles

AMERICANS FINTECH S.A.S. mantendrá controles para conocer a sus clientes actuales, trabajadores, proveedores, contrapartes y/o contratistas, con el fin de prevenir que la empresa sea utilizada como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento, en cualquier forma, de dineros u otros bienes provenientes de actividades delictivas o de financiación al terrorismo, o para dar apariencia de legalidad a las transacciones y fondos vinculados con aquellas.

Así mismo, AMERICANS FINTECH S.A.S. evaluará la efectividad de los controles existentes y presentará modificaciones o tratamientos especiales para mitigar los riesgos identificados.

11. Política de monitoreo

AMERICANS FINTECH S.A.S. mantendrá monitoreo permanente a todos los productos, clientes, trabajadores, proveedores, contrapartes y/o contratistas, desarrollada por la empresa, que le permitan consultar y cruzarlos contra las listas vinculantes tales como el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (ONU) y la denominada lista OFAC, así como la consulta de listas a través de la plataforma Tus Datos y, si se determina más adelante, con otras bases de datos establecidas para la prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo.

Así mismo, se deberán detectar las transacciones que hayan salido de los rangos o cupos asignados para las transacciones usuales, de acuerdo con la segmentación establecida.

12. Políticas sobre cumplimiento de funciones de AMERICANS FINTECH S.A.S. frente al SAGRILAFT

La Asamblea General de Accionistas, la Gerencia General, el representante legal y demás funcionarios que intervienen en el SAGRILAFT-ST, deberán cumplir con las funciones y responsabilidades descritas en esta política, equivalentes a las exigidas por la Superintendencia de Sociedades.

12.1. Políticas para sancionar el incumplimiento de los descrito en las diferentes políticas de la empresa

El presente documento es de obligatorio cumplimiento para todos los funcionarios, los directivos, alta gerencia, sus trabajadores y miembros de la Gerencia General; en consecuencia, su incumplimiento acarreará las sanciones establecidas en las normas laborales y en los estatutos de AMERICANS FINTECH S.A.S.

Todo incumplimiento, adicional a las sanciones, deberá contemplar un análisis de causas por parte del representante legal que arroje las respectivas acciones correctivas, preventivas o de mejora, según sea el caso.

12.2. Políticas para el conflictos de interés

En todo caso, los miembros de la Asamblea General de Accionistas, miembros de la Gerencia General, trabajadores, clientes, proveedores, contratistas y demás terceros vinculados, se encuentran en una situación de conflicto de interés cuando en cualquier situación se enfrentan sus intereses personales o de un tercero con los de AMERICANS FINTECH S.A.S. en actividades personales, comerciales o en el trato con otras personas o entidades, de tal manera que se afecte la libertad e independencia de la decisión, por diferencias en los motivos de quienes intervienen en la relación, desconociendo de esta manera un deber legal, contractual, estatutario o ético.

Así mismo, existe conflicto de interés cuando:

  1. Tomen una decisión
  2. Realicen una acción
  3. Omitan alguna acción

que los lleve a escoger entre el interés de AMERICANS FINTECH S.A.S. y su interés particular o el de un tercero, de manera que, si opta por cualquiera de estas situaciones, obtendría un indebido beneficio pecuniario y/o extraeconómico que de otra forma no recibiría, desconociendo así un deber legal, contractual, estatutario y/o ético.

En AMERICANS FINTECH S.A.S. se presentan conflictos de interés en relación con el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, en los siguientes casos:

  1. En la detección de operaciones inusuales y la determinación de operaciones sospechosas, intentadas o rechazadas, cuando han sido realizadas por cónyuges o compañeros permanentes, parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o respecto de aquellas operaciones en las que la persona encargada de realizar el análisis tenga algún interés personal o busque el favorecimiento de otra persona.
  2. En la toma de decisión de la realización del reporte ROS cuando se encuentran involucradas situaciones personales de quien realiza el reporte o se trata de operaciones realizadas por cónyuges o compañeros permanentes, parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.

Cuando se presente un conflicto de interés o se tenga duda sobre su existencia, se deberá observar el siguiente procedimiento:

  1. Informar por escrito del conflicto al superior jerárquico, con detalles sobre su situación en él, quien designará al empleado o funcionario que deba continuar con el respectivo proceso.
  2. Abstenerse de intervenir directa o indirectamente en las actividades y decisiones que tengan relación con las determinaciones referentes al conflicto, o cesar toda actuación cuando tenga conocimiento de la situación de conflicto de interés.
  3. Dar a conocer a la Gerencia General por parte del Representante Legal la situación de conflicto de interés. La duda respecto de la configuración de actos que impliquen conflictos de interés no exime al miembro de la Gerencia General de la obligación de abstenerse de participar en las actividades respectivas.

Los trabajadores de AMERICANS FINTECH S.A.S. deberán administrar ética y legalmente los conflictos de interés que se presenten, con una división clara entre sus intereses personales y las responsabilidades profesionales que su calidad les otorga, rigiéndose por criterios de legalidad, transparencia, justicia, igualdad y respeto, atendiendo prioritariamente los intereses generales por encima de los individuales, de tal manera que el interés de AMERICANS FINTECH S.A.S. prime sobre el interés particular.

Las regulaciones contenidas en las normas éticas son de obligatorio cumplimiento por parte de todo el equipo humano de AMERICANS FINTECH S.A.S.

12.3. Política para el reporte anónimo

Los miembros de la Asamblea General de Accionistas, miembros de la Gerencia General, miembros de los Comités de Apoyo, trabajadores, clientes, proveedores, contratistas y demás terceros vinculados podrán reportar al Representante Legal de forma anónima y confidencial la presunta ejecución de conductas delictivas, conflictos de intereses, riesgos de LA/FT-ST y demás asuntos tratados en las políticas contenidas en el presente documento.

Así mismo podrán buscar orientación sobre conductas criminales, potenciales o reales, sin temor a represalias.

No procederá el reporte anónimo, salvo que reúna como mínimo dos de los siguientes requisitos:

  1. Que se acompañe de medios probatorios o elementos de juicio que sumariamente den cuenta de la irregularidad de los hechos denunciados.
  2. Que denuncie los hechos irregulares de manera concreta y precisa.
  3. Que amerite credibilidad.
  4. Que individualice al presunto autor de la falta.

El reporte anónimo se deberá realizar al correo electrónico: operaciones@americansfintech.com

12.4. Política de privacidad, información reservada y confidencialidad

AMERICANS FINTECH S.A.S. asegurará el uso de una política de privacidad y manejo de información reservada de los trabajadores, proveedores y demás partes interesadas, para así garantizar el respeto a la intimidad y a la protección de sus datos.

De esta manera, toda la información que posea AMERICANS FINTECH S.A.S. será tratada con carácter reservado, con el fin de que no sea divulgada públicamente sino bajo las condiciones y en los casos que la ley lo establezca.

Los miembros de AMERICANS FINTECH S.A.S. deberán mantener la debida reserva sobre los documentos de trabajo y la información confidencial que esté a su cuidado. En tal sentido, deberán controlar y evitar que en cualquiera de las instancias o dependencias de la organización se haga un uso indebido de esta información o que ella sea conocida por personas que no tengan autorización para ello o no laboren en la respectiva área.

Para el cumplimiento de esta política, los trabajadores de AMERICANS FINTECH S.A.S. deberán firmar acuerdos de confidencialidad para asegurar que la información de la empresa, que es reserva de la misma, no sea publicada o conocida por terceros.

Quienes incumplan estos acuerdos o compromisos de confidencialidad podrán ser sancionados.

Además de las disposiciones establecidas en la ley, AMERICANS FINTECH S.A.S. deberá presentar en Asamblea General de Accionistas la información relevante de su gestión empresarial y la información financiera, atendiendo las siguientes disposiciones:

  1. AMERICANS FINTECH S.A.S. velará por eliminar las irregularidades en la información, procurando porque ésta sea otorgada de manera completa, clara y que no se preste o induzca a errores o confusiones.
  2. AMERICANS FINTECH S.A.S. establecerá procesos que permitan dar una adecuada, oportuna y satisfactoria respuesta a las peticiones, quejas y reclamos de sus asociados, velando por su adecuada resolución.

12.5. Política anticorrupción y prácticas éticas

AMERICANS FINTECH S.A.S. se compromete a encaminar sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución y las demás normas vigentes, orientándose hacia una gestión íntegra, con principios y valores frente a todos sus grupos de interés.

AMERICANS FINTECH S.A.S. está comprometida a prevenir el riesgo de corrupción, tomando medidas de prevención, detección y respuesta a los riesgos y las conductas previstas en el Estatuto Anticorrupción, buscando implementar acciones colectivas y sumar esfuerzos con los grupos de interés en la lucha contra la corrupción.

You will recieve a confirmation email soon.